La resolución del máximo tribunal dictó que la concesionaria deberá pagar la multa interpuesta por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, por deficiencias en la calidad del servicio de distribución de agua potable.
Santiago, 23 de febrero de 2021. La Corte Suprema rechazó el recurso de casación interpuesto por ESSBIO, luego de que la Superintendencia de Servicios Sanitarios cursara una multa por 346 UTA, aproximadamente 211 millones de pesos, al haber incurrido en deficiencias en la calidad del servicio de distribución de agua potable por la ocurrencia de 667 cortes de agua no programados en 16 localidades de la Región del Biobío, durante el primer semestre de 2014.
La sanitaria incumplió con la continuidad de servicio en las localidades de Talcahuano, Coronel, Santa Juana, Chiguayante, Concepción, Tomé, Los Ángeles, Hualqui, Curanilahue, Penco-Lirquén, Ramadillas, Carampangue, San Pedro de la Paz, Coelemu, Chillan y San Carlos.
En sus alegatos ESSBIO aseguró que no se acompañó un informe de fiscalización que permitiera fundar la sanción impuesta y expone que el principio de escrituración establece que los actos administrativos y el procedimiento, deben materializarse por escrito, por medios electrónicos u otras formas que aseguren una adecuada expresión y constancia de los mismos.
Además, la sanitaria alega que la SISS fundamenta su decisión de autoridad en base a piezas o actos que no son parte del expediente administrativo y que esto causa el desconocimiento de los antecedentes administrativos por parte del recurrente, impidiéndole la necesaria examinación de los motivos que sustentan el procedimiento en curso, y, en consecuencia, entorpece la realización de las alegaciones que sean procedentes.
Sin embargo, la Corte Suprema rechazó la reclamación de la empresa sanitaria fundado en que los hechos que motivaron las sanciones se encuentran acreditados con las pruebas incorporadas, así como con el propio informe enviado por ESSBIO S.A. a la Superintendencia Servicios Sanitarios, en que informa los incumplimientos en que se fundó la sanción, de conformidad al protocolo, por lo que se debe proceder al pago de la multa.
Corte Suprema confirma multa de 211 millones contra ESSBIO - SISS. Superintendencia de Servicios Sanitarios